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Tesorería

Estatuto del Colegio

"Art.48.-Son deberes y derechos de los colegiados:...1) Satisfacer con puntualidad las cuotas de colegiación a que obliga la ley y este estatuto, siendo condición indispensable para todo trámite o gestión, dependiente del Colegio o por su intermedio, hallarse al día en sus pagos. A tal efecto se entiende por pago puntual de las cuotas su satisfacción dentro del primer mes del bimestre que corresponda o dentro del lapso de prórroga, no mayor de un mes que a su pedido le otorgue la Mesa Directiva.
En su defecto, se hará pasible de multa, la que podrá ser igual a la suma de la deuda y deberá abonar en conjunto dentro de los quince días de su notificación, bajo pena de requerimiento judicial y con cargo de gastos y cuotas del juicio".


Trámites
Para realizar trámites como certificacion y recertificación de la Especialidad; certificado de matrícula; certificado de ética; disponibilidad horaria; solicitud créditos y subsidios; habilitación de consultorios, Centro, Institutos, Servicos de Ambulancias deberá tener la cuota de Colegio al día.

Morosos
Se les enviará un Aviso. En caso de no responder se los citará para actualizar su deuda por vía judicial.